En caso de que tengas intención de llevar a cabo operaciones de comercio internacional de bienes, debes tener en cuenta que estas transacciones están sujetas a diversos trámites arancelarios, informativos e impositivos, que se han de cumplir. El DUA es uno de los documentos fundamentales, e imprescindibles para el comercio internacional entre los países comunitarios y terceros países.
Qué es el DUA
El DUA o Documento Único Administrativo es un modelo de declaración de carácter obligatorio, que se ha de cumplimentar para llevar a cabo operaciones de comercio internacional de mercancías, bien de importación o exportación, ante las autoridades aduaneras. Así mismo, el DUA sirve como base para la declaración tributaria sobre estas operaciones a Hacienda y proporciona información sobre la mercancía. Este documento incluye una relación completa de datos referentes a la transacción comercial, incluyendo, entre muchos otros:
- Los datos de país de origen y destino.
- Las características de la mercancía.
- Los datos de identificación del exportador e importador de las mercancías.
- Los medios de transporte utilizados.
Se trata de un documento que aúna todos los certificados administrativos requeridos, para las operaciones de comercio internacional.
Al utilizarse para una gran cantidad de procesos burocráticos, tiene un carácter bastante denso. No en vano, consta de un total de ocho páginas, así como una última página adicional, denominada “Levante”, que es una parte del documento de uso nacional mediante el cual se autoriza la retirada o el embarque de mercancías, en el departamento de aduanas.
Relación de casillas a rellenar
Con el fin de facilitar la cumplimentación de este documento, te proporcionamos una relación de las diferentes casillas que lo componen, así como su significado:
- Declaración, para indicar si se trata de una operación dentro o fuera de la Unión Europea, dentro de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) o con un país tercero.
- Identificación con los datos del nombre o razón social, la dirección fiscal y el NIF, o bien el Número Comunitario de Identificación de operadores aduaneros (EORI).
- Número de partidas declaradas en el formulario.
- Número de bultos, salvo si se trata de mercancía a granel.
- Identificación del destinatario, con los datos del nombre o razón social, la dirección fiscal y el NIF.
- Declarante/Representante.
- País de expedición/exportación.
- País de origen.
- Código del país de destino.
- Contenedores, indicando con un “0” ó un “1”, si se utilizan o no contenedores para el transporte de las mercancías.
- Condiciones de entrega, especificando el Incoterm acordado.
- Identidad y nacionalidad del medio de transporte activo en frontera.
- Importe.
- Tipo de cambio.
- Naturaleza de la transacción, especificando el código de dos dígitos recogido por la normativa.
- Modo de transporte en frontera.
- Modo de transporte interior.
- Identificación de la aduana de salida.
- Localización de mercancías.
- Bultos, descripción y numeración, donde se pormenoriza de forma detallada la naturaleza de la mercancía, las marcas, numeración de las unidades, etc.
- Partida, con el número de orden de la partida.
- Código de mercancías, con el código TARIC.
- Código país de origen.
- Masa bruta expresada en kilogramos.
- Indica el régimen aduanero aplicable a la mercancía declarada.
- Masa neta expresada en kilogramos excluyendo envases y palés.
- Documento de cargo/ Documento Precedente, a utilizar únicamente en declaraciones complementarias.
- Unidades suplementarias.
- Indicaciones especiales.
- Valor estadístico.
- Tributos.
- Depósito, para los casos en los que la mercancía proceda de un depósito autorizado
- Obligado principal, para aquellos casos en los que sea obligatoria la presentación de garantías.
- Declarante/Representante.
Quién debe presentar el DUA
Las personas cualificadas para presentar el DUA son:
- El importador, es decir, la persona responsable, que recibe los bienes y mercancías.
- El exportador, es decir, la persona responsable que envía las mercancías.
Para qué y cuándo se utiliza
Como ya hemos indicado, el DUA se ha de utilizar de forma obligatoria siempre que se lleven a cabo operaciones internacionales de intercambio de mercancías. En este sentido, afecta tanto a las exportaciones, como a las importaciones de bienes; si bien el ejemplar a utilizar varía en función de hasta ocho casuísticas diferentes.
Por otro lado, las operaciones dentro de la Unión Europea reciben la denominación de expedición, en lugar de exportación. Sin embargo, también requieren la cumplimentación del DUA.
Modelos de DUA
Con el fin de realizar una operación de comercio internacional se deben completar y presentar varios ejemplares de DUA. En caso de las exportaciones y expediciones, se deben presentar tres ejemplares diferentes.
- Ejemplar nº 1, para la aduana de expedición.
- Ejemplar nº 3, para el exportador o expedidor.
- Ejemplar nº 4, para justificar el carácter comunitario de las mercancías, en la aduana de destino perteneciente a la Unión Europea, así como Andorra y San Marino.
Tratándose de importaciones, se han de presentar dos ejemplares:
- Ejemplar nº 6, para la aduana de importación.
- Ejemplar nº 8, para el importador.
Por otro lado, las operaciones de devolución de mercancías implican la cumplimentación del ejemplar nº 5. Finalmente, los ejemplares nº 2 y nº 7 se utilizan para elaborar informes de carácter estadístico, acerca del flujo de comercio internacional.