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Si tienes intención de realizar operaciones de comercio internacional, esta guía te indica los principales trámites e impuestos que debes afrontar en el paso de tus mercancías por las aduanas españolas.
Lectura recomendada:
1. Qué son los trámites aduaneros
Se trata del conjunto de acciones de carácter administrativo que deben realizarse con el fin de importar y exportar mercancías a su paso por las aduanas. El objetivo es que el transporte de dichas mercancías se realice de forma segura y en cumplimiento de la normativa establecida en cada país. De esta manera, su incumplimiento podría dar lugar a sanciones por parte de las autoridades.
Entre otras cosas, estos trámites implican la presentación de documentación en el tiempo y forma establecidos por la legislación. También el pago de aranceles y otros impuestos en función del tipo de producto y la cantidad de mercancía transportada.
2. Las operaciones intracomunitarias no son importaciones
Gracias al mercado común de la Unión Europea, el transporte de mercancías entre los países miembros no tiene el carácter de importación ni exportación. Eso permite llevar a cabo el libre movimiento de los productos sin tener que hacer frente a las tasas y demás trámites aduaneros.
Por el contrario, el comercio con países fuera de la Unión Europea sí se ve sometido a la normativa aduanera.
3. Cuáles son los trámites aduaneros administrativos
En primer lugar, conviene señalar que la realización de operaciones de comercio internacional exige la inscripción de tu negocio o empresa en el Registro Especial de Operadores de Comercio Exterior (REOCE). Este registro forma parte del Ministerio de Economía y Competitividad.
Además, la primera operación exportadora puede requerir la tramitación, con la Agencia Tributaria, de la ampliación del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
Dicho esto, y como hemos adelantado, existen una serie de documentos a presentar e impuestos a satisfacer.
3.1 Obtención del EORI
Desde el año 2009, toda empresa o persona registrada como importadora o exportadora debe solicitar la asignación de un número identificativo, único y válido para toda la Unión Europea. Se trata del Economic Opetator Registration and Identification Number (EORI).
Por norma general, la asignación de este número se produce de forma automática en la declaración de exportación. En este caso, coincide con el NIF de la empresa o trabajador autónomo, precedido por el código ISO de su país. En el caso de España, el código es ES. En el caso de que el NIF comience con las letras N, M, X o Y, el EORI debe solicitarse en la aduana o la Agencia Tributaria, y será expedido en un plazo de 48 horas.
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3.2 Presentación del DUA
El Documento Único Administrativo (DUA) es la declaración impresa de la operación de importación o exportación, la cual debe presentarse en la aduana. Incluye aspectos como el tipo de producto, la cantidad, valor, origen y destino, entre otras cosas.
- Los ejemplares 1, 2, 3, 4 y 9 deben ser utilizados para la exportación de mercancías.
- Por su parte, los ejemplares 6, 7, 8 y 9 se usan para declarar las importaciones.
Vale la pena destacar que los datos aportados en el DUA se utilizan para el cálculo de los impuestos aduaneros, que explicaremos en la siguiente sección.
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3.3 Otros documentos requeridos para la exportación
Dependiendo de la mercancía que sea objeto de exportación, será necesario presentar documentación complementaria. Algunos de los documentos más representativos son:
- Factura comercial.
- Factura proforma.
- Factura aduanera.
- Factura consular.
- Certificado de origen.
- Listado del contenido del envío.
- Seguros.
- Cuaderno ATA y CTD.
4. Pago del impuesto aduanero
Evidentemente, la principal carga al paso por la aduana es el pago de los aranceles e impuestos correspondientes.
4.1 Impuestos aduaneros a la importación
La adquisición de mercancías provenientes de países no comunitarios o zonas francas da lugar al pago del impuesto sobre el valor añadido (IVA), así como del arancel aduanero.
4.1.1 Aranceles
En primer lugar, y solo en el caso de mercancías por un valor superior a los 150 euros, se debe abonar un arancel aduanero, el cual se suma al importe del IVA, que explicaremos a continuación. Este arancel se calcula en función del tipo de producto y sus características, así como el país de destino. Actualmente, puede oscilar entre el 4% y el 48,5%.
4.1.2 Impuesto sobre el valor añadido (IVA)
El IVA a aplicar será del 21%, 10% o 4% dependiendo de la mercancía importada. De manera alternativa, en las Islas Canarias, debe pagarse el IGIC. En Ceuta y Melilla debe abonarse el IPSI. No obstante, las mercancías por valor inferior a 22 euros están exentas del pago del IVA.
4.1.3 Impuesto sobre honorarios y otros gastos
Por último, también se debe pagar el impuesto sobre los honorarios y otros gastos del agente de aduanas.
4.2 Impuestos aduaneros a la exportación
En el caso de enviar mercancías a países terceros, el importe del arancel viene determinado por la normativa del país destinatario.
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Por otro lado, no es necesario pagar el IVA del país de origen, por lo que se podrá solicitar la devolución del impuesto mediante el siguiente procedimiento:
- Inscripción en el Registro de Devolución Mensual, en los casos en los que no hay una inscripción previa en el registro de exportaciones.
- Presentación telemática de las autoliquidaciones mensuales de IVA.
- Presentación mensual del modelo 340.
Con el fin de resolver cualquier duda, la Agencia Tributaria española pone a disposición de todos los ciudadanos un portal web, así como el correspondiente teléfono de asistencia con más información sobre los trámites aduaneros.